miércoles, 24 de agosto de 2011






















EL DERECHO A LA EDUCACIÓN


El derecho a la educación es, sin duda, uno de los más importantes derechos de la niñez y
quizás el más importante de los sociales. Aunque no se puede, en sentido estricto, plantear
que existan derechos importantes y otros secundarios, la afirmación anterior se funda en el
hecho según el cual es a través en buena medida de la educación en sus distintas formas y
modalidades como el ser humano, biológico o específico, deviene en ser social, en persona,
en hombre o mujer, y es a través de ella que adquiere las condiciones y capacidades
necesarias para vivir en sociedad. En este sentido, la educación en todas sus
manifestaciones es la vía por excelencia de la socialización humana, es decir, la vía de su
conversión en un ser social.
A diferencia de lo que ocurre en otras especies, el animal humano al nac
er, más que un
humano propiamente dicho, social, cultural y espiritualmente hablando, es un proyecto, pleno
de potencialidades por realizar, de hombre o mujer. Es un animal altamente indefenso y
dependiente, con un cuerpo y, sobre todo, con un cerebro por construir (esta noción no
excluye la dimensión sensible del ser humano ni la espiritual) sobre la base de una carga
hereditaria específica que lo identifica como miembro de la especie de los humanos,
dotándole de una estructura física y de un “modus operandi” o modo de funcionamiento
propio de la misma (la herencia funcional),
además de un conjunto de caracteres derivados de su carga genética individual. Sobre esta
base y merced a las múltiples y diversas interacciones que tenga con su entorno, irá
construyendo su desarrollo como ser individual y social
“La educación no estaba confiada a nadie en especial, sino a la vigilancia difusa
del ambiente. Gracias a una insensible y espontánea asimilación de su contorno, el
niño se iba conformando poco a poco dentro de los moldes reverenciados por el grupo.
La diaria convivencia con el adulto le introducía en las creencias y en las prácticas que
su medio social tenía por mejores...

Más adelante, los adultos explicaban a los niños cómo debían conduc
irse en
determinadas circunstancias... Los niños se educaban participando en las funciones
de la colectividad... (...quizás porque...) en una sociedad en la cual la totalidad de los
bienes están a disposición de todos, puede bastar la silenciosa imitación de las
generaciones anteriores para ir llevando hacia un mismo cauce común las inevitables
desigualdades en los temperamentos.”

ARTICULO 26


1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación tiene que ser gratuita, al
menos en lo referente a la enseñanza elemental y fundamental. La enseñanza elemental
es obligatoria. La enseñanza técnica y profesional debe ser generalizada; el acceso
a los estudios superiores tiene que estar abierto a todos en plena igualdad de
condiciones, en función del mérito.
2. La educación tiene que apuntar a un pleno desarrollo de la personalidad humana y a
un refuerzo del respeto por los derechos del hombre y por las libertade
s
fundamentales. Tiene que favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre
todas las naciones y todos los grupos raciales o religiosos, así como el desarrollo de
las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tienen, por prioridad, el derecho de escoger el tipo de educación que
sus hijos deben recibir

Artículo 67

La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una
función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y
a los demás bienes y valores de la cultura.
La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la
paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para
el mejoramiento
cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.
El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será
obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo,
un año de preescolar y nueve de educación básica.
La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro
de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.





BIBLIOGRAFIA
  • Wikipedia

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